Tarjeta de acreditación de discapacidad Castilla y León-España

Tarjeta de discapacidad Castilla y León

Para poder tramitar la tarjeta de discapacidad, el solicitante deberá residir en la comunidad de Castilla y León, luego de haber presentado la solicitud recibirá en su domicilio su documento de acreditación de discapacidad en un plazo máximo de dos meses.

Se puede solicitar a través de internet. Po teléfono en el 012 o a través del 902106060.

Otra opción es solicitarla en el registro oficial más próximo a su domicilio, en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, Oficinas de Registro Único de los Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales que hayan suscrito el oportuno convenio. Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (LRJAP).

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El Registro de documentos está regulado en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ( BOE de 27-11-92):

Las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.

b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las Entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno Convenio.

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c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Enlaces para más información:

Folleto Informativo Ver Folleto
Impreso de solicitud (PDF 411 kbytes) Ver PDF
Oficinas de registro de la Junta de Castilla y León Ver
ORDEN FAM/859/2010, de 11 de junio, por la que se crea la Tarjeta acreditativa del Grado de Discapacidad y se regula el procedimiento para su expedición. (BOCyL 21-06-2010) (Pdf 1.566 kbytes)

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