Pensión no contributiva por invalidez argentina como y donde tramitarlo
Pensión no contributiva por invalidez argentina
El trámite para ser acreedor de la pensión por discapacidad o invalidez es un suicidio asignado por la constitución Argentina de acuerdo a la Ley Nº 18.910 y al Decreto Nº 432/1997, está destinado a todas las personas con una incapacidad laboral total y permanente (76% o más).
El ingreso del grupo familiar debe ser bajo, un dato importante es que si la persona acreedora de la pensión no contributiva por invalidez consigue un trabajo formal, hay la posibilidad de que se le suspenda la pensión.
A continuación veremos la información que necesitas saber sobre como y donde hacer el trámite para acceder a la pensión no contributiva por invalidez, esperamos este artículo les sea de gran utilidad.
En qué consiste
EL subsidio está asignado aquellas personas con una discapacidad laboral total y/o parcial, permanente que se encuentren en estado de vulnerabilidad social, sin amparo previsional o no contributivo (ni el solicitante ni su cónyuge), que no posean bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y que no tengan parientes obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos de hacerlo. Además, no podrán encontrarse detenidos/as a disposición de la Justicia. Este tipo de pensiones no requiere aportes o cotización para su otorgamiento.
Cómo se hace
a- Acercarse con su Documento Nacional de Identidad (DNI) al Centro de Atención Local (CAL) más cercano a su domicilio. Para localizarlo, puede acceder al Mapa Interactivo.
b- Completar la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las normativas vigentes que regulan este tipo de pensión.
c- Un trabajador social, matriculado y avalado por autoridad competente, confeccionará una encuesta socioeconómica.
d- La Comisión Nacional de Pensiones solicitará a los organismos competentes informes para certificar la condición respecto de pensión o jubilación en el orden nacional, provincial y/o municipal, como así también los antecedentes sobre bienes muebles e inmuebles, entre otros, del o la solicitante, su cónyuge/concubino y de los padres (para menores de 18 años).
Qué documentación se debe presentar. Requisitos
a- Encontrarse incapacitado/a en forma total y permanente. Se presume que la incapacidad es total cuando la invalidez produzca en la capacidad laboral, una disminución del setenta y seis por ciento (76%) o más.
b- No estar amparado el/la solicitante ni su cónyuge por ningún tipo de beneficio previsional, retiro o prestación no contributiva alguna.
c- No encontrarse trabajando en relación de dependencia.
d- No tener bienes, ingresos ni recursos de cualquier tipo que permitan la subsistencia del solicitante y de su grupo familiar.
e- No tener parientes que estén obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para poder hacerlo.
f- Ser argentino/a nativo/a o naturalizado/a, residente en el país. Los/as naturalizados/as deben contar con una residencia continuada en el país de por lo menos 5 (cinco) años anteriores al pedido de la pensión.
g- Los/as extranjeros/as deben tener una residencia mínima y continuada en la República Argentina de 20 (veinte) años inmediatamente anteriores al pedido de la pensión.
h- No encontrarse detenido/a a disposición de la Justicia.Documentación que se debe presentar:
a. DNI del/la solicitante, y padres en el caso de que el solicitante sea menor de 18 años
b. CUIL del/la solicitante y de los padres o apoderados de los menores o incapaces respectivamente.
c. Toda aquella documentación que se requiera de acuerdo al caso, que incluirá el Certificado Médico Oficial (CMO), que será entregado en el Centro de Atención Local (CAL) para su cumplimentación.
Importante:
El Certificado Médico Oficial (CMO) deberá reunir los siguientes requisitos:
- Ser cumplimentado por hospital público nacional, provincial o municipal, servicio o unidad sanitaria.
- Firma y sello del médico que lo extiende.
- Firma y sello del director del establecimiento.
- Sello del establecimiento asistencial.
- Además se deberá presentar copia o transcripción de resúmen de historia clínica firmado por profesional competente.
- Si así lo indicara el certificado médico oficial se deberá acompañar la constancia de inicio de trámite de curatela.
Cuánto vale
El acceso a una pensión no contributiva por invalidez es totalmente gratuito.
Quién puede / debe efectuarlo
El trámite es personal, gratuito y no necesita gestor. No se aceptan presentaciones grupales.
Dónde se puede realizar
En el Centro de Atención Local (CAL) más cercano a su domicilio. Para localizarlo, puede acceder al Mapa Interactivo.
De qué organismo depende
Depende de la Comisión Nacional de Pensiones del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
Qué vigencia tiene el documento tramitado
La pensión a la invalidez no caduca, es vitalicia en tanto se mantengan las condiciones que dieron lugar a su otorgamiento.
Datos de contacto:
- Página web:
- http://www.desarrollosocial.gov.ar/pensiones/161
- Domicilio: H. Yrigoyen 1447 8º, Cap. Fed.
- Teléfono: línea gratuita de la Comisión Nacional de Pensiones:0-800-333-2600
- Teléfono alternativo: 4379-4860/96
- Email: prescnpa@yahoo.com.ar
Fuente: desarrollosocial.gob.ar
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